Condiciones Necesarias para ser padrino de Bautismo, según indica el Código de Derecho Canónico.
En caso de ser Posible, cada Bautizado tendrá un padrino y una madrina, o un padrino y una madrina solamente.
Para ello las condiciones son éstas:
Ser Católicos practicantes, mayores de 16 años, confirmados, solteros, o casados por iglesia
Por consiguiente las personas que se encuentren en uniones de hecho y/o separados con una nueva unión, no pueden ejercer la función de padrinos. Por el motivo que se detalla a continuación fundamentado en el Código de Derecho Canónico.
Si no quieren o no pueden poner padrinos cualquier persona puede <<y debe>> acompañar como testigo.
Dice textualmente en el CAPÍTULO IV: DE LOS PADRINOS
872 En la medida de lo posible, a quien va a recibir el bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función
es asistir en su iniciación cristiana al niño o adulto que se bautiza, y, juntamente con los padres, y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y
cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo.
8 73 Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una.
874 § 1. Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que:
§ 2. El bautizado que pertenece a una comunidad eclesial no católica sólo puede ser admitido junto con un padrino católico, y exclusivamente en calidad de testigo del bautismo.